Facturación electrónica

Todas las empresas deberán adoptar la facturación electrónica de acuerdo con la ‘Ley Crea y Crece’

Con el objetivo de prevenir la morosidad en las transacciones comerciales y mejorar la transparencia, la Ley 18/2022, o también conocida como Ley Crea y Crece establece la obligatoriedad de la facturación electrónica para todas las empresas. El borrador del Reglamento de esta ley, publicado el 15 de junio, regula el uso obligatorio de facturas electrónicas entre empresas y particulares.

Una vez que este Reglamento entre en vigencia, la facturación electrónica se convertirá en el único método permitido en las transacciones comerciales entre empresas, pymes y autónomos. Es crucial tener en cuenta que los autónomos podrían tener un año adicional (hasta 2026) para completar su adaptación, incluyendo la comunicación de los estados de las facturas a Hacienda.

Las grandes empresas deberán cumplir con la obligatoriedad de la facturación electrónica un año después de la entrada en vigor de la Ley, mientras que el resto de empresas y autónomos tendrían dos años para hacerlo. Sin embargo, se ha mencionado la posibilidad de un retraso adicional de un año para la comunicación de los estados de las facturas, dependiendo de la publicación de la Ley en el BOE y los plazos finales establecidos.

¿Sabías que desde 2015 algunos autónomos y empresas ya están obligados a utilizar la factura electrónica?

La Ley 25/2013 incluyó esta obligación, pero muchos aún no lo saben.

Para comprender mejor cómo emitir estas facturas, es esencial analizar los detalles de estas obligaciones. La factura electrónica, según el Ministerio de Hacienda, es un documento emitido en formato electrónico con los mismos efectos legales que una factura de papel convencional. Existen distintos tipos, como la B2B para transacciones entre empresas, la B2C para transacciones con consumidores finales, y las destinadas a organismos públicos.

¿Quiénes son los autónomos obligados a emitir facturas electrónicas?

Desde 2015, la obligación incluye a aquellos que trabajan con organismos públicos, dependiendo de la forma jurídica del proveedor y el importe de la factura. Las sociedades anónimas, de responsabilidad limitada, personas jurídicas sin nacionalidad española, entre otros, están obligados. Sin embargo, los autónomos persona física no lo están al trabajar con la Administración; solo deben hacerlo cuando trabajan con sociedades anónimas o de responsabilidad limitada.

La Ley Crea y Crece, aprobada en septiembre de 2021, es una reforma clave que establece la obligatoriedad de la facturación electrónica para autónomos y empresas en sus relaciones comerciales. Hasta ahora, esta obligación solo aplicaba cuando el destinatario era una Administración Pública, y solo el 15% de los autónomos utilizaba la factura electrónica.

La norma busca mejorar la competitividad, promover la digitalización y combatir la morosidad. Estableció un período de 6 meses para determinar los requisitos y su desarrollo reglamentario. El 15 de junio se publicó este desarrollo, detallando los aspectos que deben incluirse en las facturas electrónicas.

¿Qué elementos deben incluir obligatoriamente los autónomos en la factura electrónica?

Estas facturas deben estar firmadas con firma electrónica, identificadas con un código único que contenga información como el NIF del emisor y el número y serie de la factura. Además, deben informar sobre su estado, como aceptación o rechazo comercial, pago completo o parcial, y cesión a un tercero.

La facturación electrónica deberá realizarse a través de una plataforma homologada, utilizando el Sistema Público de la Agencia Tributaria o una plataforma de facturación homologada. Durante los primeros 12 meses, las empresas deben acompañar las facturas electrónicas con un documento PDF para garantizar su legibilidad.

¿Cuáles son los plazos para implementar la facturación electrónica obligatoria?

Las empresas con una facturación anual superior a 8 millones de euros tienen un plazo de 1 año después de la publicación de la Ley para adoptar la facturación electrónica. El resto de empresas, con una facturación inferior, tendrían 2 años para adaptarse. Además, hay un plazo de tres años después de la entrada en vigor para la comunicación de los estados de las facturas por parte de los autónomos.

¿Cuáles son las ventajas de la factura electrónica?

La principal ventaja es combatir la morosidad, permitiendo un mejor control de los pagos pendientes. También reduce el uso de papel, promueve la digitalización en las relaciones empresariales y minimiza los costes de transacciones.

Para facilitar la adopción de la facturación electrónica, el Gobierno ha lanzado el programa Kit Digital, ofreciendo subvenciones a pymes y autónomos. Las empresas que no dispongan de programas de facturación electrónica podrían enfrentar sanciones administrativas, con multas de hasta 10,000 euros, dependiendo del número de personas afectadas y la persistencia de la infracción.

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